CIUDAD DE MÉXICO, México, oct. 9, 2015.- La Suprema Corte de Justicia
de la Nación (SCJN) estableció recomendaciones que los jueces deben
tomar en cuenta al enfrentarse a un caso de bullying o acoso escolar.
Los ministros de la Primera Sala publicaron en el Semanario Judicial
criterios para detectar correctamente los casos de bullying y los
derechos que vulnera este fenómeno social.
Determinaron que para cuestiones jurídicas, el bullying deberá
entenderse como "todo acto u omisión que de manera reiterada agreda
física, psicoemocional, patrimonial o sexualmente a una niña, niño o
adolescente, realizado bajo el cuidado de las instituciones escolares,
sean públicas o privadas".
Señalaron que para identificar los casos de acoso escolar, deben
presentarse dos características, ya que no todos los conflictos que
ocurren al interior de las escuelas pueden ser considerados como
bullying:
1) Que se trate de una acción de hostigamiento escolar que puede
tomar varias formas como son: el contacto físico, palabras, muecas,
gestos obscenos o la exclusión deliberada de un alumno del grupo.
2) Que se trate de una acción que ocurre de forma reiterada en el tempo, generando como consecuencia un ambiente de violencia.
Los ministros establecieron que el bullying es un fenómeno que
vulnera los derechos de todo menor de edad a la dignidad, integridad y
educación.
Recomendaron tomar en cuenta que el acoso escolar provoca que los
niños sean expuestos a la violencia y formen parte de ella, limitando el
aprovechamiento escolar.
Por último, dejaron en manos de los jueces el análisis de la gravedad
de las demandas de bullying que se presenten pues, señalaron, cada caso
debe ser analizado en forma particular para establecer sus
consecuencias y fincar las responsabilidades correspondientes.
http://noticieros.televisa.com/mexico/1510/corte-establece-recomendaciones-jueces-detectar-casos-bullying/
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